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Calculadora de IVA

Añade o quita el IVA de un importe. Elige el tipo y, si lo necesitas, el recargo de equivalencia.

Todo se calcula en tu navegador: no enviamos ni guardamos tus cifras.

El importe que tengo es
Tipo de IVA

Tipo general: la mayoría de servicios y bienes.

Resultado

Base imponible
1.000,00 €
IVA 21 %
+210,00 €
Total con IVA1.210,00 €

Dónde va en tus modelos

Modelo 303

07base09cuota

Cómo se calcula el IVA

Añadir IVA: total = base × (1 + tipo ÷ 100). Con una base de 100 € al 21 %, el total es 121 €.

Quitar IVA: base = total ÷ (1 + tipo ÷ 100). Con 121 € al 21 %, la base es 100 € y el IVA, 21 €.

El recargo de equivalencia se suma sobre la misma base: 5,2 % con IVA al 21 %, 1,4 % con el 10 % y 0,5 % con el 4 %.

Qué tipo de IVA aplicar

TipoSe aplica aRecargo de equivalencia
21 %Tipo general: la mayoría de bienes y servicios, incluidos los servicios profesionales.5,2 %
10 %Tipo reducido: transporte de viajeros, hostelería y restauración, vivienda nueva, algunos alimentos.1,4 %
4 %Tipo superreducido: pan, leche, huevos, frutas, verduras, libros, periódicos y medicamentos.0,5 %
0 %Operaciones exentas o no sujetas (por ejemplo, la enseñanza reglada o las exportaciones).—

Preguntas frecuentes

¿Cómo se quita el IVA a un importe?

Divide el total entre 1 más el tipo en tanto por uno. Con el 21 %, divide entre 1,21: 121 € con IVA son 100 € de base y 21 € de IVA. No vale restar el 21 % al total, porque el IVA se calcula sobre la base y no sobre el total.

¿Qué tipo de IVA debo aplicar en mis facturas?

Con carácter general, el 21 %. Hay tipos reducidos (10 %) y superreducidos (4 %) para ciertos productos y servicios, y servicios exentos como la enseñanza reglada o la sanidad. Si dudas, consulta a tu asesor o a la Agencia Tributaria antes de emitir la factura.

¿Qué es el recargo de equivalencia?

Es un régimen especial de los comerciantes minoristas: pagan un recargo (5,2 %, 1,4 % o 0,5 % según el tipo de IVA) que el proveedor les cobra en la factura y que ingresa a Hacienda. A cambio, no presentan el modelo 303 por esas ventas.

¿El IVA de mis facturas es un ingreso mío?

No. El IVA que cobras a tus clientes es de Hacienda. Cada trimestre restas el IVA que has pagado en tus gastos y declaras la diferencia en el modelo 303.

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Fuentes y fecha de revisión

Cifras revisadas el 16 de octubre de 2026. El resultado es orientativo y no sustituye el consejo de un asesor fiscal. Consulta siempre la fuente oficial antes de presentar:

Esta web es independiente. Dudas o errores: hola@autonomoenclaro.es. Cómo calculamos.